Península de Yucatán

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jueves, 9 de octubre de 2014

Castigan retardo en entrega de facturas

Estas empresas serán sujetas a unas multas de hasta 69 mil pesos o incluso al cierre
El SAT va contra las compañías que remiten a internet para generar el documento

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) castigará una práctica muy extendida en todo tipo de comercios.

El jefe del organismo recaudador, Aristóteles Núñez, informó que se aplicarán sanciones económicas a los negocios que no emitan facturas de manera inmediata al consumidor y lo remitan a una página en internet para que éste genere su propia factura.

El responsable de la recaudación fiscal en el país abundó que quienes incurran en dicha práctica fiscal serán sujetos de multas de hasta 69 mil pesos, incluso al cierre de sus negocios.

De acuerdo con los artículos 83 y 84 del Código Fiscal de la Federación, las sanciones van de 12 mil 070 a 69 mil pesos por cada una de las infracciones que se cometan, además de que el establecimiento que las expida puede ser clausurado.

“Hemos recibido quejas de muchos contribuyentes que cuando van a un establecimiento mercantil, consumen, compran o tienen un servicio, en donde el proveedor les da un 'ticket' general de venta que no trae distinción de a quién se lo está vendiendo y les dice que con un folio pueden pasar a su página, llenar sus datos y bajar su factura”.

Explicó que al ser común la práctica de remitir al consumidor a una página en internet para que éste elabore su factura, el contribuyente falta a la ley fiscal y puede ser sancionado.

Núñez señaló que los establecimientos tienen la obligación de expedir la factura; es decir, llenar los datos del cliente, timbrarla para que se coloque el sello original y dé validez fiscal al comprobante, para luego entregarlo o ponerlo a disposición del cliente.

Lo que se hace es que los establecimientos dejan la carga al cliente, lo que es un incumplimiento legal.

Hace unos días, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer el criterio no vinculativo que establece que la factura electrónica sea entregada al contribuyente sin necesidad de que realice una gestión adicional como ingresar a un portal electrónico.

Agregó que “este criterio está contenido en la actualización del anexo 3 de la Resolución Miscelánea 2014, el cual ya se encuentra publicado en el portal del SAT”.




Fuente: elinformador.com.mx

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